Obligatoriedad de Formulación y Aplicación de Planes de Desarrollo Municipal
Si queremos que nuestros municipios sean ordenados, eficientes, saludables y prósperos, necesitamos que los Gobiernos Municipales TENGAN Y APLIQUEN su Plan de Desarrollo Municipal.
Para esto, se necesitan 3 cosas:
1. Que en la Ley del Presupuesto General de la Nación se mencione la obligatoriedad de que las Municipalidades tengan su Plan de Desarrollo Municipal aprobado por la Junta Municipal, para poder recibir transferencias intergubernamentales.
2. Que en la Ley del Presupuesto General de la Nación también se mencione la obligatoriedad de que las Municipalidades tengan conformado su Consejo de Desarrollo Municipal (para la formulación, seguimiento y actualización de los Planes de Desarrollo Municipal), para poder recibir transferencias intergubernamentales.
3. Que en la Ley Orgánica Municipal se agregue un artículo que mencione que las Municipalidades solamente pueden invertir en planes, programas, proyectos y actividades establecidas en su Plan de Desarrollo Municipal, en su Plan Estratégico Institucional y en su Plan Operativo Anual, aprobados por la Junta Municipal y por Resolución de la Intendencia. De esta manera, se logrará construir políticas públicas que trasciendan administraciones.
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